SERVICIOS PROFESIONALES PARA EMPRESAS


GLOBAL SERVICIOS PROFESIONALES (MEDINA) nace con la inquietud de prestar servicios profesionales para empresas y autónomos de cualquier actividad y ámbito.

Nos avala el asesoramiento y gestión de servicios profesionales prestados de contrastada calidad a mas de 1000 empresas.

Nuestra experiencia nos permite dar respuesta a cualquier demanda de servicios profesionales para Pymes y Autónomos .

viernes, 23 de noviembre de 2012

Bonificación a las empresas por creación o prorroga de empleo

Beneficiarios de esta subvención

Personas físicas que se encuentren de alta como trabajador autónomo o por cuenta propia en el régimen correspondiente de la seguridad social, así como las personas jurídicas que hayan constituido su empresa en los últimos seis años, debiendo tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid, y siempre que su plantilla no supere los 50 trabajadores.

Acciones subvencionables
Serán subvencionables las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los contratos de trabajo, realizados a trabajadores desempleados, o prórrogas de contratos de trabajo celebrados a jornada completa, o a jornada parcial igual o superior al 75 por 100 de la jornada ordinaria que se realicen entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2012.

Cuantía de las ayudas
a.    El importe será de 80 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando la duración sea de tres a cuatro meses.
b.    El importe será de 120 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando la duración sea de cinco a seis meses.
c.    El importe será de 160 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando la duración sea superior a seis meses.
El número máximo de mensualidades subvencionables, en todo caso, será de dieciocho. El número de contratos realizados y/o prórrogas no ha de ser superior a cinco por solicitante

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.

El plazo finaliza el 10 de diciembre, pero cuentan los contratos celebrados o prorrogados hasta el 31 de diciembre. Los que se celebren después del día 10 han de ser incluidos en la solicitud mediante una declaración responsable (denominada certificación), asegurando que se hará la contratación (o prórroga).

Para agilizar la tramitación, se recomienda presentar la solicitud en la sede de la Subdirección General de Emprendedores y Formación Continua, Vía Lusitana, 21; así como indicar, cuando el formulario lo posibilite, que los documentos requeridos se comprueben directamente por la Administración.

Más información www.emprendelo.es

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