SERVICIOS PROFESIONALES PARA EMPRESAS


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viernes, 28 de diciembre de 2012

Novedades fiscales para 2013

Con la llegada del año nuevo debemos tener en cuenta una serie de novedades que desde el punto de vista fiscal entran en vigor en 2013 | Una buena parte de ellas afectan a los particulares, en concreto IRPF, pero otras suponen cambios en la tributación de las empresas.

Para los particulares destacan la tributación del 20% de los premios de las loterias, siempre que sean superiores a 2.500 euros; la eliminación de la deducción por compra de vivienda habitual y el cambio en el tratamiento del IRPF de las ganancias patrimoniales obtenidas en un periodo inferior a un año. Pero ahora vamos a centrarnos en los cambios fiscales que afectan al desarrollo de los negocios.

 

Novedades tributarias para las empresas

Se permitirá a las empresas la actualización monetaria del último balance aprobado por ellas. Tendrá carácter voluntario y podrá llevarse a cabo tanto por las personas jurídicas como físicas y estará sometido a una carga fiscal del 5%. Podrá incluir se la actualización del inmovilizado material y los arrendamientos financieros.
Se limitará la deducibilidad fiscal de las amortizaciones del inmovilizado material. Dicha limitación será de un 70% del máximo previsto en tablas y tendrá efectos en 2013 a través de los pagos fraccionados. La medida sólo afectará a las grandes empresas ya que las pymes y micropymes estarán excluidas de la misma y podrán amortizar con normalidad.
Se introduce la obligación de presentar la declaración informativa de bienes en el extranjero, que incluye la información de bienes y derechos que ostenten las persona jurídicas fuera del territorio nacional.

Cambios en el calendario fiscal y presentación de modelos

Se modifica el plazo de presentación de la declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas, modelo 184, y de la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347. Hasta ahora ambas debían presentarse antes del 30 de marzo, desde 2013 habrá de hacerse en el mes de febrero.
Se establece la obligatoriedad de presentar por vía telemática, para todos los obligados tributarios, el modelo 202 de pago fraccionado del Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Además se establece una nueva vía de presentación de declaraciones informativas por Internet. Desde esta próximo ejercicio se podrá realizar a través de la Sede Electrónica mediante el servicio de impresión desarrollado en la AEAT y el envío de un mensaje SMS por el contribuyente. Afecta a los modelos 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390.Blog Sage

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