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lunes, 13 de mayo de 2013

La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil permitirá la contestación escrita en los juicios verbales



Además, las partes podrán renunciar a la celebración de vista en los juicios verbales, pudiendo dictarse sentencia, sin más trámites, tras la contestación a la demanda.

La Ley de Enjuiciamiento Civil se reformará para incluir ciertas demandas de los operadores jurídicos en los juicios verbales para evitar la indefensión sin demorar el proceso. Entre ellas destaca la introducción de la contestación escrita, que hasta ahora sólo estaba prevista para determinados procedimientos especiales.


Del mismo modo, siempre que el tribunal lo considere pertinente, se otorga a las partes la posibilidad de renunciar a la celebración del trámite de vista, permitiendo, así, la agilización del procedimiento y que la sentencia pueda ser dictada sin más trámites tras el escrito de contestación a la demanda.

Además, en los procesos monitorios se da cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de junio de 2012, en el asunto C-618 Banco Español de Crédito, en la que se declaró que la normativa española no es acorde con el derecho de la Unión Europea en materia de protección de los consumidores, al no permitir que el juez que conoce una demanda en un proceso monitorio examine de oficio el carácter abusivo de una cláusula sobre intereses de demora contenida en un contrato. La Ley permitirá ahora un trámite para examinar y controlar la existencia de esas cláusulas abusivas, previa audiencia de las partes.
 
Estas reformas están previstas en el anteproyecto de Ley de reforma de la ley de Enjuciamiento Civil, cuyo informe presentó el ministro de Justicia en el pasado Consejo de Ministros.Informativo Jurídico

1 comentario:

  1. Excelente blog y muy buena la información que has compartido con todos nosotros, no tenía el placer de conocerla, gracias Angel

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